Sentencia del Tribunal Supremo.


El Tribunal Supremo vuelve a dar la razón a CCOO, en relación al disfrute de los 15 días de permiso tras su inscripción como pareja de hecho.
El trabajador afiliado a nuestra Organización, solicitó a la empresa el disfrute de los 15 días de licencia tras su inscripción como pareja de hecho, que le fue denegado por la Dirección.
El servicio jurídico de nuestro sindicato, tras la negativa de la empresa a conceder los mencionados descansos, interpuso una demanda ante el juzgado en base a lo recogido en nuestro convenio en el artículo 60 apartado A y en aplicación de las disposiciones finales de éste en su apartado sexto.
Son varios los recursos presentados por la empresa contra las sentencias ganadas por la asesoría jurídica de CCOO. Desde el inicio, pasando por el tribunal de justicia de Andalucía, hasta el fallo del Tribunal Supremo que vuelve a darnos la razón en este caso.
Una gran noticia sin duda, que tendrá consecuencias en el presente y futuro de las parejas de hecho de la plantilla de trabajadores de Tussam.