CCOO defiende la inclusión de las personas que conducen profesionalmente como uno de los colectivos preferentes para el establecimiento de coeficientes reductores para su jubilación anticipada. Esta organización sindical cree que debe ser uno de los colectivos que se evalúen conforme al procedimiento que se determine durante la tramitación parlamentaria de la reforma del sistema de pensiones, en cumplimiento del acuerdo de 2 febrero de este año y las materias pendientes del dialogo social del 2006.
La posición de CCOO respecto a los conductores y conductoras profesionales no se ve, en absoluto, modificada por la firma del Acuerdo Social y Económico. Al contrario, el Acuerdo permite el mantenimiento de la reivindicación y proporciona las herramientas necesarias para su implementación.
CCOO se refuerza en su reivindicación de coeficientes reductores para los conductores profesionales. Es fácilmente comprobable, porque están transcritas en los documentos del Congreso, las intervenciones de Ignacio Fernández Toxo, Secretario General confederal de CCOO, realizadas ante la Comisión del Pacto de Toledo en el parlamento donde destacaba de manera preferente determinados colectivos susceptibles del establecimiento de coeficientes reductores, atendiendo a las condiciones en que se desarrollan su trabajo, entre los que destacaba el sector de transportes.
Dicha reivindicación se refuerza e intensifica, fácilmente justificable con la claridad que el Acuerdo conlleva el compromiso de concretar durante el trámite parlamentario de la Ley de reforma de las pensiones, el proceso de evaluación de los colectivos susceptibles del establecimiento de coeficientes reductores. Adicionalmente, se adquiere:
El compromiso de establecer durante el mismo trámite una primera relación de colectivos a ser evaluados conforme a dicho procedimiento. Esto supondría el primer estadio, en un total de tres que contemplaría un proceso de reconocimiento. El segundo sería el resultado de dicha evaluación que podría concretarse en tres opciones: consideración de procedencia del establecimiento de coeficientes reductores, la consideración de no procedencia pero exención en el posible retraso de la edad de jubilación por criterios de cotizaciones, no ampliando el esfuerzo contributivo y manteniendo la edad de jubilación generalizada y única para ese colectivo en 65 años. 3. El tercer y último escenario, sería tras la procedencia del establecimiento y consideración de coeficientes reductores, concretar y cuantificar los mismos, la sobrecotización que conllevaría y el esfuerzo financiero o coste de la fase de transitoriedad, que también debe ser considerada y definida.
Esta pauta de acceso a la jubilación anticipada a través de coeficientes reductores era uno de los Acuerdos resultado de la negociación de dialogo social de 2006, aún no materializados y que pretendían eliminarse y cercenarse con una reforma unilateral del Sistema de Pensiones. La apuesta por los agentes sociales en su mantenimiento ha sido clara. CCOO defiende la inclusión de los conductores profesionales como uno de los colectivos preferentes para el establecimiento de coeficientes reductores para su jubilación anticipada.
Variables que pueden afectar y deben considerarse en el análisis de la posible consecución de esta reivindicación histórica son muchas, pero comentamos cuestiones claves:
El compromiso en su consecución es general: Administración, patronal y sindicatos. Simplemente recordamos en sentido inverso, la última reunión del Comité Nacional con el ministro de Fomento, insistencia también por las asociaciones de autónomos, compromiso de los agentes sociales en el II Acuerdo General en su disposición adicional que cuenta con el aval en su firma del ministro de Fomento, compromiso de la Administración en los acuerdos de 2005 y 2008 tras el conflicto en transportes. Así como la persistencia de los sindicatos en sus reivindicaciones hasta su logro de acuerdo durante el dialogo social de 2006 y posterior perseverancia de implementación como se ha concluido en este Acuerdo Social y Económico de 2011.
La regulación del establecimiento de coeficientes reductores para los conductores profesionales, junto a la publicación y entrada en vigor del II Acuerdo General, todo pendiente de la decisión y querer hacer de la Administración, estando el resto de partes ya posicionadas y declaradas a favor, permitirían a las empresas del sector recuperar competitividad y capacidad de generación de empleo, todo a expensas de la actuación de la Administración en estos aspectos, junto a la evolución de otras variables como el coste del combustible que posiciona al Sector en la reivindicación y necesidad de acciones positivas para el Sector, empresas y trabajadores. Aún así, existen cuestiones complicadas que habrá que dejar al buen entendimiento del Sector, un ejemplo claro sería el tema de sobrecotizaciones, que se puede y debe decir. Pero no hay que asustarse de lo desconocido, porque también debemos saber, que ello no tiene porque implicar un extracoste directo y proporcional. Podemos reflexionar sobre la progresividad, la transitoriedad, así como la amortiguación de impactos y amortización en un contexto de razonabilidad y responsabilidad en la negociación colectiva y a la hora de establecerlos.
También deberemos argumentar y complementar por parte del Sector desde nuestra perspectiva de realidad cotidiana, los informes que elabore el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo a instancias de la Seguridad Social, previas al proceso de evaluación.
He incluso, deberemos potenciar, más allá de los coeficientes reductores para un colectivo determinado o incluso en apoyo a la transitoriedad, en la negociación colectiva todos los supuestos de jubilación anticipada que el propio Acuerdo y la reforma del Sistema de pensiones nos va a regular.
Los esfuerzos que está empleando CCOO en la reivindicación de coeficientes reductores son todos y continuos, y además de ser una reivindicación histórica y consciente, corresponsable con la realidad, es justa para un colectivo cuyas condiciones no pueden ser alteradas para evitar las condiciones penosas, peligrosas y de desarraigo, entre otras, para el desempeño de la profesión y eso debe llevar a un resarcimiento por parte del Sistema, en vez de obligar a un abandono silencioso de la profesión por cuestiones de edad, como el que se produce en la actualidad, con la precarización de la última etapa de la vida laboral de los conductores.
CCOO no va a cesar en la consecución del objetivo marcado, la jubilación anticipada de los conductores profesionales.