CCOO valora la nueva ayuda económica para las personas desempleadas

La aprobación en Consejo de Ministros de una nueva ayuda económica para las personas desempleadas es el resultado de las negociaciones tripartitas entre el Gobierno y los interlocutores sociales (sindicatos y empresarios) que han dado como resultado el Acuerdo Social y Económico, en el que va incluida esta medida para atender a las personas desempleadas cuyas rentas no superan el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional, excluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.
CCOO valora esta medida, aunque su cuantía es escasa, por ir dirigida a las personas desempleadas con mayores dificultades de inserción en el mercado laboral y que carecen de rentas, a la vez que insiste en su compromiso con las personas desempleadas y ratifica que mantendrá su apuesta por las personas y la protección social en el eje de sus actuaciones.
La nueva ayuda económica se podrá solicitar a partir del 16 de febrero, fecha e finalización del PRODI, al que sustituye, y la cuantía económica asciende al 75 % del IPREM. Para tener acceso a esta ayuda económica es preciso solicitar un itinerario individualizado y personalizado de inserción, que contemple las medidas de política activa de empleo dirigidas a mejorar la empleabilidad de la persona desempleada. Las medidas de políticas activas contempladas en el itinerario individual y personalizado podrán conllevar o no formación en base a las características personales del solicitante.
En cuanto a las reducciones a las cuotas de la seguridad Social para los contratos a tiempo parcial de carácter temporal cuya duración sea al menos de seis meses y cuya jornada se establezca entre el 50 % y el 75 % de la jornada habitual (artículo 12 del Estatuto de los Trabajadores), CCOO señala que los sindicatos han incorporado elementos correctores para evitar el efecto sustitución de unos trabajadores por otros y el efecto rotación y que efectivamente esta medida tenga el impacto deseado que es la creación de empleo neto. Se trata de una medida excepcional cuya duración no excederá a un año y que se revisará dentro de seis meses para evaluar si genera empleo neto en las empresas que se acojan a esta bonificación. Durante este periodo se revisaran dos aspectos de esta modalidad de contrato: la mejora de la protección social del mismo y la discriminación de género en la contratación a tiempo parcial.