Buena acogida a las enmiendas de CCOO y UGT a la reforma de las pensiones


El Senado ha anunciado la tramitación durante el mes de julio del Proyecto de ley de reforma del sistema de Seguridad Social, que recibió el 1 de julio del Congreso de los Diputados. CCOO y UGT han promovido una serie de enmiendas a este proyecto de ley que han encontrado un importante respaldo y todas ellas han sido registradas por varios grupos parlamentarios.
El Proyecto de ley de reforma del sistema de Seguridad Social ha comenzado su trámite en el Senado. Puesto que el proyecto de ley está siendo tramitado como urgente, esta Cámara ha habilitado a la Comisión de Trabajo con competencia legislativa plena de modo que será en ella en la que se realice el debate y aprobación de todas las enmiendas sin necesidad de que se reúna el pleno.
La fecha prevista para el debate en la Comisión del Senado está programada para el próximo día 13 de julio y una vez se haya realizado, el proyecto será de nuevo remitido al Congreso para su aprobación definitiva en un pleno extraordinario previsto para la penúltima semana del mes de julio.
El Proyecto de Ley remitido por el Congreso de los Diputados al Senado responde fundamentalmente a lo acordado en el Mesa de Diálogo Social, si bien CCOO y UGT han decidido promover también en este trámite del Senado algunas enmiendas que terminen de aquilatar algunos elementos que todavía precisan algunos ajustes.
Con independencia de lo que ocurra finalmente en el debate del Senado, las enmiendas que los sindicatos han promovido han encontrado un importante respaldo y todas ellas han sido registradas por varios grupos parlamentarios, con lo que se asegura su discusión y que se someterán a votación. Igualmente, se han registrado las enmiendas que promovieron CCOO y UGT en el trámite del Congreso pero que no obtuvieron el respaldo suficiente para ser aprobadas.
Ambos sindicatos mantendrán en los próximos días contactos con todos los partidos políticos para intentar a asegurar que se aprueben el máximo número de estas enmiendas.
Respecto del contenido de las nuevas enmiendas que los sindicatos han promovido ahora, cabe mencionar las siguientes:

1. Mejora del requisito para acceder al periodo de cálculo más amplio.

Se propone retomar la redacción original del Proyecto de Ley corregida en el trámite del Congreso al introducir la fórmula "previa a la jubilación" a la hora de establecer la base de cotización que se tomará como referencia y sobre la que se deberá establecer la posible merma de salario. Con la redacción original se garantiza que no se incorpora ningún requisito que desincentive la incorporación al trabajo tras una extinción de la relación laboral producida en los períodos previos a la jubilación, limitando injustificadamente el acceso a la aplicación de la nueva ordenación sobre la pensión de jubilación a trabajadores que, tras contribuir intensa y largamente al sistema, han visto truncadas sus trayectorias profesionales en momentos nada favorables y a una edad que no favorece el acceso a una contratación del mismo nivel que venían disfrutando y perjudica sus perspectivas de jubilación.
Esta enmienda ha sido presentada por PP y CIU.

2. Mejora del alcance de los beneficios en la cotización por cuidado de hijos.

En lo referido al alcance de esta figura se propone establecer con mayor claridad que los beneficiarios podrán acceder sin necesidad de periodo transitorio a los plenos efectos del mismo para acreditar el número de años cotizados necesarios para la jubilación a los 65 años.
Del mismo modo, se propone clarificar la fórmula por la que en el periodo transitorio de 2012 a 2019 se van adquiriendo un número creciente de días cotizados a todos los efectos (todas las modalidades de jubilación, escala, etc.).
Finalmente, se propone una redacción que explicite que estos nuevos beneficios serán compatibles con los 112 días de cotización adicional establecidos por parto en virtud de la Ley Orgánica de Igualdad.
La enmienda ha sido total o parcialmente recogida por PSOE, PP, CIU y PNV.
Por último, se ha propuesto una mejora técnica relativa a la formulación jurídica que aclara que todos los regímenes especiales puedan beneficiarse también de estos nuevos beneficios en la cotización.
La enmienda ha sido presentada por CIU.

3. Aclaración del papel prioritario del Diálogo Social a la hora de establecer la evolución de las Bases de Cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.

En el trámite del Congreso se estableció la consulta de la aplicación de la medida en cuestión a las organizaciones sectoriales de trabajadores autónomos, sin haber tendido en cuenta de forma explícita que el tratamiento del Régimen especial de autónomos afecta sustancialmente al conjunto del sistema.
Por ello la enmienda defiende que con independencia de cuál sea el nivel de consultas sectorial que el gobierno de turno pueda plantear para las organizaciones de autónomos, corresponde al marco del Diálogo Social conformado por las Organizaciones Sindicales y Empresariales mayoritarias establecer las características de cotización del sistema de Seguridad Social en su conjunto.
La enmienda ha sido presentada por el PSOE.

4. Mutuas.

Se propone una redacción más adecuada dada la naturaleza de estas entidades como colaboradoras en la gestión de la Seguridad Social que no pueden ni deben perseguir ánimo de lucro por dicha actividad. Y precisamente por tratarse de la gestión de uno de los pilares del sistema de protección, como es la incapacidad temporal, se debe contemplar la participación de los trabajadores en la elección de la Mutua así como la de las organizaciones más representativas, mutualistas y trabajadores de la propia Mutua en sus órganos de dirección, supervisión y control.
La enmienda ha sido recogida parcialmente por el PSOE.

5. Mejoras técnicas en la Integración del Régimen de Empleadas de Hogar.

Se han propuesto varias enmiendas.
Una de ellas es relativa a la correcta definición de las empresas suministradoras de servicios a terceros. En este caso no parece adecuado que se prevea este tipo de intervención para por una comunidad de bienes. Por otro lado, se propone que la existencia o no de cesión ilegal debe ser calificada aplicando las disposiciones del Estatuto de los Trabajadores como en el resto de actividades productivas que se dan en el mercado de trabajo ordinario.
La enmienda ha sido presentada por PSOE y CIU.
También se ha propuesto establecer de forma más explícita que el nuevo derecho a la prestación económica por incapacidad temporal por contingencias comunes a partir del día cuarto de la baja podrá disfrutarse desde el día 1 de enero de 2012.
Esta enmienda ha sido presentada por PSOE, PP, CIU, y la ENTESA CATALANA (ICV-ERC-PSC).

6. Aplicación de los mecanismos de información y transparencia también a los instrumentos privados de pensiones.

Se propone que también los instrumentos privados de pensiones de todo tipo (instrumentos de carácter complementario o alternativo, seguros colectivos o individuales, etc.) deberán facilitar a los trabajadores información con la misma periodicidad y en términos comparables y homogéneos con la suministrada por la Seguridad Social acerca de la expectativa de pensión que sus aportaciones están generando. Así se establece un régimen de plena igualdad entre el sistema público y los instrumentos privados a la hora de establecer las obligaciones de información y transparencia.
La enmienda ha sido presentada por PSOE, PP y CIU.

7. Patrimonio inmobiliario de la Seguridad Social.

Se propone la supresión de la medida introducida en el Proyecto de Ley por PSOE y CIU por la que para compensar el déficit que la Seguridad Social asumió en los años 90 con el Estado Central para financiar la sanidad universal se pueda utilizar los hospitales públicos que aún forman parte del patrimonio de la Seguridad Social, de manera que éstos sean transferidos al Estado como donación en pago por dicha deuda y posteriormente el Estado los traspase a las Comunidades Autónomas que tienen la competencia sanitaria.
Son varios los motivos que justifican el rechazo a esta medida, baste con señalar aquí que en todo caso debe cuantificarse adecuadamente la pretendida deuda histórica de la Seguridad Social en concepto de atención sanitaria teniendo en cuenta que a su vez esta institución ha venido financiando, y todavía lo hace, con cargo a cuotas sociales gasto que debería sufragarse con imposición general; y que, en todo caso, el patrimonio inmobiliario de la Seguridad Social debe ser objeto del control y seguimiento de los Agentes Sociales en el marco del Diálogo Social, ámbito en el que esta medida no ha sido propuesta ni discutida.
La enmienda ha sido presentada por el PP.

8. Entrada en vigor de diversas medidas (nueva fórmula de designación de Comisiones de Control, Cláusula de Salvaguarda, etc.).

Como mejora técnica se han propuesto varias enmiendas orientadas a asegurar la entrada en vigor de varios de los nuevos derechos, entre los que destaca la nueva fórmula de designación de Comisiones de Control de los Planes de Pensiones de Empleo, que lo harán a la publicación en el BOE de la ley. Así como la extensión de la cláusula de salvaguarda a trabajadores que hayan perdido su empleo a lo largo del periodo de tiempo en el que se ha venido realizando la tramitación de esta ley.
Las enmiendas en cuestión han sido total o parcialmente recogidas por PSOE, PPE, CIU y PNV.