Lo explico por enésima vez, ya que al parecer hay quien quiere confundir al trabajador en aras de no torcer su brazo ante el partido que gobierna y de quien son fieles militantes.
La reforma pactada de pensiones en nada se parece a la propuesta inicial del Gobierno, que pretendía bascular únicamente en el recorte de los gastos, imponiéndose finalmente el criterio sindical de actuar sobre la racionalización del gasto, el incremento de los ingresos, y la atenuación de comportamientos perniciosos para la sostenibilidad del sistema.
La reforma de pensiones pactada no tiene absolutamente nada que ver con lo que el gobierno quería imponer al dictado de los mercados. Ante la imposición de una reforma basada únicamente en una reducción inmediata del gasto con la generalización de medidas injustas, el Gobierno y sus mercados se han tenido que conformar con una reforma basada en la racionalización del gasto con medidas centradas y progresivas, el incremento constante de los ingresos, y la atenuación de comportamientos adversos. Estos son los resultados de seguir aplicando, de forma responsable y diligente, el binomio presión-negociación, ocupando la posición central en el mundo del trabajo que a las grandes organizaciones obreras les corresponde.
La clase trabajadora mediante la movilización ha conseguido desbaratar los planes del Gobierno central de jubilar obligatoriamente y de forma generalizada a toda la población a los 67 años. Al contrario, se ha impuesto el criterio de jubilación flexible propuesto por los sindicatos para ir prolongando, de forma paulatina y no traumática, la edad real de jubilación hoy fijada en 63,8 años.
Ya en la reforma de las pensiones del año 2001, introdujimos el concepto de jubilación flexible con el fin de aumentar la edad real de jubilación que en aquel entonces se encontraba en 62 años y medio. Con la instauración de aquel método conseguimos su incremento progresivo y no traumático en 1,3 años a lo largo de una década, entre 2001 y 2010. Justo el mismo ritmo de incremento de la edad de jubilación que se presenta con el nuevo sistema de jubilación flexible recién pactado. Un sistema de jubilación flexible que permitirá que dentro de 16 años, en 2027, más de la mitad de la población activa pueda seguir jubilándose con menos de 67 años. Algo de lo que el Gobierno no quería ni oír hablar hace apenas unos días. Un nuevo sistema de jubilación flexible que contribuye a racionalizar el gasto en pensiones. Pero distribuyendo ese esfuerzo de forma inversamente proporcional al tiempo trabajado, permitiendo la jubilación a los 65 años con el 100% de la pensión a las personas que cuenten con las carreras más largas, 38,5 años cotizados, reforzando así la contributividad del sistema. Mientras que, a la vez, se introducen mecanismos de garantía para el reconocimiento de periodos de cotización por nacimiento de hijos y por la participación en programas formativos para favorecer a las carreras más cortas y discontinuas. Un nuevo sistema de jubilación flexible que establece, de forma paulatina, una gama de jubilación entre los 63 y los 67 años. Facilitando la jubilación anticipada desde los 63 años con coeficientes reductores de la pensión sin necesidad de pasar por el paro ni de acuerdo alguno con la empresa, requisitos que sí se precisaban antes. Y que contempla también jubilaciones desde 61 años ante situaciones de crisis en la empresa.
En el pacto social se adelantan las bases para la futura reforma de la negociación colectiva comenzando por alejar el fantasma de la eliminación de la ultraactividad. Es decir, se abandona la idea de que cuando termine la vigencia de un convenio se pierdan todas las conquistas alcanzadas de cara a la negociación del convenio siguiente. Se acuerda que los convenios colectivos de empresa tengan un protagonismo mayor. Pero se acuerda también que éste sea fruto del consenso en los convenios sectoriales de ámbito superior. Convenios sectoriales que son la única garantía mínima para las plantillas de las pequeñas empresas y que patronal y gobierno querían eliminar de un plumazo. También en este acuerdo de negociación colectiva se aclara que el principio de flexibilidad interna en el seno de las empresas debe realizarse desde el acuerdo y la participación de la representación de los trabajadores. Algo a lo que la patronal se resistió en el anterior intento frustrado de concertación social, en el que entendía la flexibilidad interna únicamente como un embudo para modificar, en el ámbito de la empresa, los acuerdos de la negociación colectiva a voluntad e interés único del patrón.
Este acuerdo no puede entenderse sin la huelga general del 29 de septiembre, y mucho menos sin el aviso de otro posible conflicto generalizado ante las propuestas iniciales del gobierno sobre pensiones y sobre reforma de la negociación colectiva.